Alcance de las nuevas disposiciones de prevención

Buscando mitigar la propagación en la población del COVID-19, el Ejecutivo Municipal continúa implementando medidas de prevención que tienden a salvaguardar la salud de los vecinos y vecinas de Bariloche. Las normas deberán ser cumplidas por todos a los fines de colaborar con la salud general de la comunidad; será multado el incumplimiento.

Entre las medidas adoptadas por razones preventivas y de salubridad general mientras dure el estado de emergencia sanitaria, será obligatoria la utilización en todo el ejido municipal de protección naso bucal de distinto tipo y/o tapaboca, incluidos los de fabricación personal.

Estos deberán cumplir con las características de protección dispuestas por la autoridad sanitaria de todo aquel que circule por la vía pública o acuda a establecimientos públicos y privados, y en general todos aquellos que se encuentren fuera del ámbito de sus hogares, por cualquier motivo que sea. La sanción por el no cumplimento de esta norma es una multa de $6.000 a $8.000.

Los comercios que se encuentran habilitados para atención al público, deberán prohibir el ingreso a sus instalaciones de cualquier persona que no cumpla con la protección naso bucal. Se aplicará una multa de $10.000 a $12.000 para quienes incumplan la prohibición de dejar ingresar a sus instalaciones a cualquiera que no cumpla con la protección buco-nasal.

Asimismo los comercios habilitados deberán arbitrar todas las medidas de higiene y sanidad, garantizando el distanciamiento recomendado entre las personas que ingresen o se encuentran esperando en el exterior para ingresar en el establecimiento; como así también disponer la ventilación permanente de los espacios y repetidas medidas de desinfección e higiene en el día. Las multas van de $4.000 a $6.000.

La concurrencia para el abastecimiento de cualquier rubro habilitado y exceptuado del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, deberá realizarse de acuerdo al siguiente cronograma: las personas cuyos D.N.I. y/o pasaporte finalizan en números impares, deberán asistir a los comercios, cualquiera sea el rubro de que se trate, los días lunes, miércoles y viernes; y las personas cuyos D.N.I. y/o pasaporte finalizan en números pares, deberán asistir a los comercios, cualquiera sea el rubro de que se trate, los días martes, jueves y sábados.

A los efectos del cumplimiento de dicho cronograma, los comercios que se encuentran habilitados para atención al público, deberán solicitar los D.N.I. y/o pasaporte a los clientes, prohibiendo el ingreso de aquellos que no se encuentren en el día que les corresponden.

Con el fin de optimizar el control de ingreso, el Municipio brindará a los comercios una aplicación, como herramienta tecnológica, que será de uso obligatorio por parte de estos. Habrá una multa de $8.000 a $10.000 a los comercios que incumplan con el cronograma establecido y de $4.000 a $6.000 en el caso de los particulares.

Queda prohibido el servicio de delivery a chocolaterías, heladerías y restaurantes que no tengan el mencionado rubro habilitado en forma previa. Además rige la prohibición de la realización de la obra privada en la ciudad de San Carlos de Bariloche, que no sean meras tareas de mantenimiento esencial. Es importante mencionar que está prohibida la realización de actividad física fuera de los domicilios particulares; la multa va de los $2.000 a los $4.000.

Por otra parte se ha encomendado a la Secretaría de Servicios Públicos en coordinación con la Subsecretaría de Protección Civil y la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, a que proceda al cierre de calles aledañas a vías principales, a los efectos de optimizar los controles de las fuerzas de seguridad.

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