El Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social, informa que reanudará la atención al público para la recepción de documentación y asesoramiento para Ley Pierri a partir del 21 de noviembre del corriente año en sus oficinas de 24 de Septiembre 12, en el horario habitual de 8 a 12:30 y de 14 a 16:30 horas.
El Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social, informa que reanudará la atención al público para la recepción de documentación y asesoramiento para Ley Pierri a partir del 21 de noviembre del corriente año en sus oficinas de 24 de Septiembre 12, en el horario habitual de 8 a 12:30 y de 14 a 16:30 horas.
Requisitos para acceder a la ley Pierri:
· Posesión pública, pacífica y continua del inmueble con anterioridad al 01 de Enero de 2006.
· Destino excluyente ser vivienda única y permanente.
· No tener otras propiedades a nombre del titular que se presenta para la ley Pierri.
· Causa lícita de posesión, que no existan causas judiciales vigentes al inmueble.
· Quedan excluidos los inmuebles del estado Municipal, Provincial o Nacional.
Documentación requerida para el inicio del trámite:
· Plano de mensura.
· CUIL del solicitante.
· Fotocopia de los DNI del ocupante y del grupo conviviente.
· Fotocopia partida de matrimonio o declaración jurada de unión de hecho.
· Documentación que acredite la posesión. Pueden ser certificaciones de escolaridad, libretas sanitarias, boletas de servicios, impuestos o tasas, boleto de compra-venta, cesiones de derecho, etc.