Nueva web para el Registro de Jardines Maternales Privados

Se trata del registro establecido por ordenanza para supervisar a los establecimientos ni incluidos en la enseñanza oficial, con la coordinación de la Dirección de Instituciones del Municipio. Cómo ver el registro online en la web municipal y realizar consultas.

Los jardines maternales privados de Bariloche habilitados se encuentran incluidos en el Registro Público Municipal de Establecimientos No Incluidos en la Enseñanza Oficial, una herramienta que facilita la supervisión y regulación de los distintos aspectos que hacen a su buen funcionamiento, desde una perspectiva de protección integral de derechos de la primera infancia. En la página web municipal oficial, www.bariloche.gov.ar, puede consultarse online el listado de jardines actualmente habilitados.

También allí se pueden encontrar las vías de contacto de la Dirección de Instituciones (bajo la órbita de la Subsecretaría de Políticas Sociales, de la Secretaría de Desarrollo Humano Integral del Municipio), el organismo de aplicación de la Ordenanza Nº 2896-CM-17 vigente en Bariloche, junto a la Dirección de Inspección General. Puede ingresarse a través de banners en la página de inicio y en la sección de Mis Trámites, o a través de este enlace directo: http://www.bariloche.gov.ar/registro-publico-de-jardines-maternales/. Allí puede descargarse en formato PDF el Registro vigente a agosto de 2021.

¿De qué se trata este registro?

Tal como fundamenta la norma, “la necesidad de la sanción de la presente ordenanza radica en la importancia de establecer un marco regulatorio en el cual la intervención del Estado municipal, mediante la creación del Registro Público Municipal de Establecimientos no Incluidos en la Enseñanza Oficial, pueda brindar las herramientas útiles y necesarias a los fines de concretar una mirada en materia de protección integral de derechos de la primera infancia en estos espacios educativos, que es un paso fundamental para proteger los derechos de la primera infancia y producir un salto cualitativo en la educación infantil”.

De acuerdo a la ordenanza Nº 2896, es la Dirección de Instituciones —que ya coordina los 8 Centros de Desarrollo Infantil del Municipio— la que debe intervenir junto a la Dirección de Inspección General municipal en el proceso de fiscalización de “todo establecimiento no incluido en la enseñanza oficial que brinde atención, cuidados y educación a la primera infancia (de 45 días a cinco años)”, que deberá “estar habilitado por el Estado municipal y supervisado efectivamente por la autoridad educativa provincial”.

La normativa fue trabajada en el seno del Concejo Municipal a partir de una iniciativa del Consejo Municipal para la Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y la Comisión de Primera Infancia. Además, colaboraron referentes de diversas organizaciones, como el Movimiento de Políticas Públicas de Primera Infancia (MOPI), UnTER, CTA, la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), el Programa Nacional Primeros Años y Madres Cuidadoras, entre otras.

En los fundamentos, se señala que “es indispensable avanzar sobre una normativa local que establezca un marco regulatorio para estos establecimientos educativos que brindan atención integral a la primera infancia no incluidos en la enseñanza oficial”, trabajando “en articulación directa con el Consejo Provincial de Educación de la Provincia de Río Negro a fin de garantizar la supervisión pedagógica de los mismos”.

También se tuvo en cuenta que “las instituciones que albergan niñas y niños desde los 45 días, ya no son sólo una necesidad de las familias trabajadoras, sino derechos de las niñas y niños desde el nacimiento y de sus familias a ser acompañadas y fortalecidas en la crianza y educación de sus hijas/os”.

Así, se consideró que los jardines de infantes y maternales privados deben reunir “condiciones mínimas” como “estar a cargo de personal especializado, en espacios físicos y edilicios adecuados, con propuestas de calidad en tanto una educación integral, acorde y que potencie sus máximas posibilidades de aprendizaje, regulados y supervisados por el Estado”. Pero además, se sumará la supervisión de “proyectos educativos y de desarrollo y protección integral”, que deberán “garantizar contenidos mínimos que respeten y promuevan derechos humanos, respeto por la diversidad y contextualización de los saberes acordes a las realidades sociales, culturales y productivas”.

La Dirección de Instituciones es así la encargada de fiscalizar tanto las condiciones “dignas y seguras de infraestructura y equipamiento, acordes con las necesidades pedagógicas” como “la calidad de quienes cumplen con dicha esencial función y su formación permanente” y “la calidad educativa y procesos de enseñanza”.

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