El Ministerio de Salud de Río Negro emitió una resolución que establece las condiciones de atención y las medidas de prevención e higiene que deben cumplirse. Se aplicará también en Bariloche.

En nuestra ciudad se implementará la autorización para que psicólogos y psicopedagogos puedan brindar atención programada en consultorios, que acaba de ser reglamentada por una resolución del Ministerio de Salud de la provincia de Río Negro.
La resolución Resolución 2390/20 y su anexo establecen las siguientes modalidades de trabajo y protocolos sanitarios básicos a seguir para esta actividad, que serán monitoreados por las autoridades provinciales y municipales pertinentes.
Modalidad de trabajo autorizada:
• Con sistema de turno previamente concertado, vía web o vía telefónica. Atención en el consultorio: una persona por hora, con no menos de 15 minutos entre pacientes. Aquellas personas que se dirijan a los establecimientos habilitados para esta actividad deberán circular con la constancia del turno otorgado para su atención.
• El personal afectado a esta actividad deberá tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19” (se tramita en www.argentina.gob.ar/circular), y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios aprobados para la misma.
Protocolo Sanitario Básico:
• Uso de protectores faciales para pacientes, empleados y profesionales de salud (según Decreto Provincial Nº 0326/20 que dispone la obligatoriedad del uso de protectores faciales de cualquier tipo, incluidos los de fabricación personal). Los empleados y empleadores deberán contar con la Declaración Jurada dispuesta por Decreto Provincial N° 0359/20 y sus anexos, disponible su texto en Boletín Oficial N° 5873 publicado el día 24/04/2020.
• Espacios con servicios de desinfección permanente: Se recomienda realizar limpieza y desinfección de los locales previo al inicio de actividades; a mitad y a fin de la jornada, como mínimo. Se debe realizar ventilación frecuente de las instalaciones.
• Se deberá estimular entre el personal la higiene de las manos con alcohol en gel, y lavarse las manos con jabón y agua cada una hora. Asimismo se deberá respetar la distancia social entre empleados y con los clientes.
• Se dispondrá de alcohol en gel para los pacientes en lugar bien visible y para los empleados.
• No se podrá compartir alimentos, bebidas, cubiertos, platos, vasos, teléfonos celulares u objetos personales.
• No se deberá admitir el ingreso de empleados o profesionales con fiebre y/o algún síntoma respiratorios (dolor de garganta, tos, secreciones respiratorias, dificultad para respirar). En tal caso, la persona a cargo del establecimiento deberá dar aviso de forma inmediata a la autoridad sanitaria provincial, llamando al 911.
• Observancia de las “Recomendaciones Especiales” aprobadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT): Para el desempeño de los trabajadores exceptuados del aislamiento social, preventivo y obligatorio para el cumplimiento de su labor, así como para su desplazamiento hacia y desde el lugar de trabajo, sobre buenas prácticas en el uso de los elementos de protección personal y sobre colocación de protección respiratoria.
• Observancia de las “Recomendaciones Básicas para la Prevención y control de infecciones asociadas a la atención de la salud” emitidas por la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
• Observancia por parte del personal de salud del establecimiento, de lo dispuesto en la Resolución 1403/20 del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro, en su Anexo, “Protocolo de recomendaciones para la prevención de infecciones respiratorias en empresas y organismos con atención al público” (disponible en: Boletín Oficial N° 5864 del día 27 de marzo de 2020).