El intendente Walter Cortés reglamentó el servicio de transporte privado de pasajeros bajo la modalidad “punto a punto”, contratado mediante plataformas digitales, con el objetivo de ordenar su funcionamiento, reforzar los controles y brindar mayor seguridad a quienes utilizan el servicio.
La decisión forma parte de las medidas impulsadas por el Gobierno municipal para establecer reglas claras, priorizar la mano de obra local y garantizar condiciones equitativas en la prestación de esta modalidad de transporte. La resolución reglamenta la Ordenanza N.º 3547-CM-25 y complementa, en los aspectos correspondientes, la Resolución N.º 2610-I-2025.
Entre sus principales disposiciones, crea el Registro de Vehículos y Conductores de Plataformas Digitales (REVECOPP), que funcionará bajo la órbita de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte.
El registro será público, gratuito y estará disponible a través del sitio web municipal. Allí se incorporarán los datos de los conductores y vehículos habilitados, el número de inscripción, el estado de la habilitación, la fecha de inscripción y la información identificatoria correspondiente.
Todo el proceso de inscripción, incorporación de vehículos y fiscalización se realizará de manera digital mediante la plataforma Muni Digital, donde deberá cargarse la documentación requerida en formato PDF o similar. La presentación presencial quedará reservada para aquellos casos en los que exista una imposibilidad técnica debidamente justificada.
La reglamentación dispuesta por el intendente también busca priorizar la mano de obra local, favoreciendo el arraigo de los trabajadores y el desarrollo económico de la comunidad de San Carlos de Bariloche.
Requisitos para la inscripción
Para incorporarse al REVECOPP, tanto los conductores como los vehículos deberán cumplir requisitos adicionales a los ya establecidos por la Ordenanza N.º 3547-CM-25 y la Resolución N.º 2610-I-2025.
En el caso de los conductores, será necesario acreditar domicilio real en San Carlos de Bariloche con una antigüedad mínima de dos años. Esto podrá demostrarse mediante el domicilio consignado en el DNI, servicios a nombre del titular, un contrato de alquiler registrado u otra documentación fehaciente.
También deberán contar con Licencia Nacional de Conducir categoría D1 o superior y presentar certificados actualizados de antecedentes penales y de tránsito, emitidos dentro de los seis meses anteriores.
Respecto de los vehículos, la normativa fija una antigüedad máxima de diez años desde la fecha de fabricación, condición que será verificada tanto al momento de la inscripción como durante los controles periódicos.
Además, se deberá acreditar la titularidad registral de la unidad o contar con un permiso de uso debidamente autorizado, mediante cédula azul a nombre del conductor o de la empresa autorizada.
Cada vehículo tendrá que disponer de la Revisión Técnica Obligatoria vigente, cumplir con condiciones adecuadas de limpieza, higiene y seguridad, y contar con seguro de responsabilidad civil para transporte oneroso, conforme a la Resolución SSN N.º 615/19. También será obligatorio disponer de un seguro de accidentes personales para el conductor y de las demás coberturas exigidas.
Por último, las unidades deberán exhibir una oblea municipal con la leyenda “Vehículo habilitado para Aplicaciones de Transporte”, provista por la autoridad de aplicación. La identificación tendrá que colocarse en el sector inferior derecho del parabrisas delantero y en la luneta trasera, de forma que resulte legible desde el exterior durante toda la prestación del servicio.
La habilitación de los conductores y la de los vehículos será independiente. De esta manera, un conductor habilitado podrá manejar cualquier vehículo habilitado, siempre que durante los controles acredite el permiso de uso correspondiente mediante la cédula azul a su nombre o una autorización debidamente otorgada.
Quienes ya se encuentren inscriptos bajo la Resolución N.º 2610-I-2025 tendrán un plazo de 60 días corridos desde la publicación de la nueva normativa para regularizar su situación ante el REVECOPP, incorporar los nuevos requisitos y presentar la documentación digital solicitada.