Esta disposición responde a criterios de seguridad, orden y cuidado ambiental, y resulta de cumplimiento obligatorio para todos los trabajadores municipales, así como para terceros que operen o ingresen al lugar.
En tal sentido, se remarca que el personal municipal debe dar el ejemplo en el cumplimiento de esta norma, promoviendo buenas prácticas operativas. Se informa que el incumplimiento de lo dispuesto dará lugar a la denegación del ingreso al predio, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder.